Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
Juzgado de origen: Juzgado Civil y Comercial 2
Libro: 51 / Registro: 489
Autos: “CLAMBI AGROPECUARIA S.A. C/ SILGER S.A. Y OTRO/A S/DAÑOS Y PERJ. AUTOM. S/LESIONES (EXC. ESTADO)”
Expte.: -90451-
Notificaciones:
Abog. Moyano: 20229330714@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR
Abog. Pagano: 20173001739@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR
Abog. Ridella: 20133286080@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR
Abog. Ottaviani: 20117435149@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR
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En la ciudad de Trenque Lauquen, provincia de Buenos Aires, en la fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975, celebran telemáticamente Acuerdo los jueces de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial Carlos A. Lettieri y Toribio E. Sosa para dictar sentencia en los autos “CLAMBI AGROPECUARIA S.A. C/ SILGER S.A. Y OTRO/A S/DAÑOS Y PERJ. AUTOM. S/LESIONES (EXC. ESTADO)” (expte. nro. -90451-) , de acuerdo al orden de voto que surge del sorteo de fecha 28/9/2020, planteándose las siguientes cuestiones:
PRIMERA: ¿debe tenerse por no colocada la firma digital de la jueza Silvia E. Scelzo en la sentencia del 13/10/2020?
SEGUNDA: ¿qué pronunciamiento corresponde emitir?.
A LA PRIMERA CUESTION EL JUEZ LETTIERI DIJO:
Atento lo informado por la jueza Silvia E. Scelzo en el día de la fecha, toda vez que la magistrada no ha participado en absoluto del acuerdo y que su forma digital ha sido colocada enteramente por inadvertencia, cabe tenerla por no colocada (art. 34.5.b. cód. proc.).
ASÍ LO VOTO.
A LA MISMA CUESTION EL JUEZ SOSA DIJO:
Adhiero al voto del juez Lettieri (art. 266 cód. proc.).
A LA SEGUNDA CUESTION EL JUEZ LETTIERI DIJO:
Corresponde tener por no colocada la firma digital de la jueza Silvia E. Scelzo en la sentencia del día 13/10/2020 (art. 34.5.b. cód. proc.).
TAL MI VOTO.
A LA MISMA CUESTION EL JUEZ SOSA DIJO:
Que adhiere al voto emitido en primer término al ser votada esta cuestión.
CON LO QUE TERMINO EL ACUERDO, DICTANDOSE LA SIGUIENTE:
S E N T E N C I A
Por lo que resulta del precedente Acuerdo, la Cámara RESUELVE:
Tener por no colocada la firma digital de la jueza Silvia E. Scelzo en la sentencia del día 13/10/2020.
Regístrese bajo el número 489 del LSI 51. Notifíquese por secretaría mediante el depósito de una copia digital de la sentencia en los domicilios electrónicos constituidos por los letrados intervinientes, insertos en la parte superior (arts. 169 3° párr. y 143, 7 Anexo Único AC 3845 y 6 Anexo Único RC 655/20). Hecho, estése a la radicación y devolución ordenadas en la parte final de la sentencia del 13/10/2020.
REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 14/10/2020 12:38:49 – SOSA Toribio Enrique – JUEZ
Funcionario Firmante: 14/10/2020 13:11:10 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 14/10/2020 13:13:53 – RIPA María Fernanda – SECRETARIO DE CÁMARA
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CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN
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