Fecha del Acuerdo: 11/9/2020

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen

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Juzgado de origen: Juzgado de Paz Letrado de General Villegas

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Libro: 51- / Registro: 418

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Autos: “R., M. R. C/ B., O. U. S/ ALIMENTOS”

Expte.: -90250-

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Notificaciones:

Abog. Mario Alberto Martín

20145491224@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR

Abog. Dalila Vanesa Rodríguez

27345471729@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR

Abog. María Florencia Sendón -asesora ad hoc-

27240826564@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR

Abog. María Sol Fernández -abogada del niño-

27331719558@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR

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TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del AC 3975

            AUTOS Y VISTOS: la resolución de fecha 28/02/2020 y el escrito electrónico del 10/08/2020 con sus archivos adjuntos.

            CONSIDERANDO:

En función de lo manifestado por la recurrente en torno a las fechas estimadas en la que se llevaran a cabo las audiencias  confesionales y testimoniales en el expediente “Rangone, María Rosa s/ Beneficio de Litigar sin Gastos -expte. 1296/19-”, en principio para el 20/08/2020 y 28/09/2020, circunstancias corroboradas a través de secretaría mediante el modulo consulta local del sistema Augusta, lo que demoraría el dictado de sentencia, a fin de preservar el derecho de defensa de la peticionante  (arts. 18 Const. Nac. y 15 Const. Pcia. Bs. As.; v. esta cám. en autos “Elizondo, Maria Luisa S/ Incidente de nulidad”, sent del 4-7-2017 , L. 48, R. 196, entre otros), corresponde otorgar un nuevo plazo en las mismas condiciones dispuestas en la resolución del 28/2/2020, hasta el 30/10/2020.

Por ello, la Cámara RESUELVE:

Prorrogar el plazo otorgado el 28/2/2020 para acreditar la obtención del beneficio de litigar sin gastos aludido en el escrito electrónico de fecha 26/04/2019  hasta el 31/10/2020.       

            Regístrese.  Notifíquese por secretaría mediante el depósito de una copia digital de la sentencia  en los domicilios electrónicos constituidos por los/as letrados/as intervinientes, insertos en la parte superior  (arts. 169 3° párr. y 143, 7 Anexo Único AC 3845 y 6 Anexo Único RC 655/20). Hecho, sigan los autos según su estado.

 

 

 

 

 

                                   

REFERENCIAS:

Funcionario Firmante: 11/09/2020 11:44:00 – SOSA Toribio Enrique -

Funcionario Firmante: 11/09/2020 12:01:34 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ

Funcionario Firmante: 11/09/2020 12:06:26 – SCELZO Silvia Ethel – JUEZ

Funcionario Firmante: 11/09/2020 12:43:04 – RIPA María Fernanda – SECRETARIO DE CÁMARA

Domicilio Electrónico: 20145491224@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR

Domicilio Electrónico: 27240826564@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR

Domicilio Electrónico: 27331719558@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR

Domicilio Electrónico: 27345471729@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR

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CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN

NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS

 

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