Fecha del Acuerdo: 14/7/2020

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen

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Juzgado de origen: Juzgado Civil y Comercial n°2

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Libro: 51- / Registro: 249

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Autos: “CAÑAS MONTERO JULIANA Y OTRO/A C/ CAÑAS JULIO CESAR Y OTRO/A S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)”

Expte.: -91145-

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TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975

            AUTOS, VISTOS Y CONSIDERANDO: los escritos electrónicos del  02/07/2020 y del 06/07/2020, presentados a la hora 09:35:35 y a las 10:07:04 hs., de los abogados Omar O. Purón y Ricardo E. Paso, apoderados de  Juliana Cañas Montero y Daiana Candela Cañas Montero -firmados digitalmente sólo por el abogado Purón los de fecha 02/07/2020 y sólo por Paso el del 06/07/2020- y al escrito electrónico de la abogada Gabriela Lisa Cammisi, apoderada de  MAPFRE ARGENTINA SEGUROS SA, del 03/07/2020, la CámaraRESUELVE:

1-  Tener por desistidas de su recurso de 08/06/2020 a   Juliana Cañas Montero y Daiana Candela Cañas Montero  (arg. art. 305 cód. proc.).                Notifíquese mediante cédula electrónica (art. 7.b Resol SPL 5/20, art. 1.e RC 655/20 y art. 6 anexo 1 de RC 655/20).

2- Correr  traslado  de la expresión de agravios de fecha 03/07/2020 por cinco días (art. 260 últ. párr. cód. cit.).

Notifíquese ministerio legis (art. 133, mismo código).

Regístrese y sigan los autos según su estado.

                                                

                                   

 

REFERENCIAS:

Funcionario Firmante: 14/07/2020 13:30:36 – LETTIERI Carlos Alberto (carlos.lettieri@pjba.gov.ar) -

Funcionario Firmante: 14/07/2020 13:35:45 – SOSA Toribio Enrique (toribio.sosa@pjba.gov.ar) -

Funcionario Firmante: 14/07/2020 14:04:45 – SCELZO Silvia Ethel (silvia.scelzo@pjba.gov.ar) -

Funcionario Firmante: 14/07/2020 14:42:23 – RIPA María Fernanda (maria.ripa@pjba.gov.ar) -

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CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN

NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS

 

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