Fecha del Acuerdo: 27-5-2020

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen

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Juzgado de origen: Juzgado Civil y Comercial 1

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Libro: 51- / Registro: 161

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Autos: “GONZALEZ CAROLINA BEATRIZ C/ PARDO S.A. Y OTRO/A S/ TERCERIA MEJOR DERECHO (TRAM.SUMARIO)”

Expte.: -91567-

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TRENQUE LAUQUEN,  27/5/2020

            AUTOS Y VISTOS: el punto 2.a de la parte dispositiva de la resolución del 28/2/2020  y la decisión del 30/3/2020 que deniega el recurso extraordinario de inconstitucionalidad del 9/3/2020 contra aquella resolución.

CONSIDERANDO

Conforme el estado de cosas resultante de las mencionadas resoluciones, correspondía realizar el depósito previo del art. 280 CPCC.

Según constancia extraída por secretaria de “consulta de saldos de cuentas judiciales”- que se adjunta en copia digital a la presente-, al día de la fecha no se ha efectuado dicho depósito previo, por manera que, de acuerdo a los  arts. 36.1 y  280 4° párrafo del CPCC, la Cámara RESUELVE:

Hacer efectivo el apercibimiento de la resolución de fecha 28/2/2020 punto 2.a parte final y declarar desierto el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley de fecha 19/02/2020 contra la sentencia del 27/12/2019 (art. 280 4° párr. cód. cit.).

Regístrese. Notifíquese   electrónicamente (art. 1.c.2 RP 10/20 y art. 2 RC 480/20). Hecho, sigan los autos para el trámite del recurso de nulidad extraordinario concedido el 28/2/2020.

                                   

 

REFERENCIAS:

Funcionario Firmante: 27/05/2020 12:39:57 – LETTIERI Carlos Alberto (carlos.lettieri@pjba.gov.ar) -

Funcionario Firmante: 27/05/2020 12:47:37 – SOSA Toribio Enrique (toribio.sosa@pjba.gov.ar) -

Funcionario Firmante: 27/05/2020 12:52:10 – SCELZO Silvia Ethel (silvia.scelzo@pjba.gov.ar) -

Funcionario Firmante: 27/05/2020 13:24:30 – RIPA María Fernanda (maria.ripa@pjba.gov.ar) -

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CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN

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