Fecha del Acuerdo: 26/6/19

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen

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Juzgado de origen: Juzgado Civil y Comercial 1

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Libro: 50 / Registro: 240

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Autos: “GIATYBAT S.A. S/ INCIDENTE RECUSACIÓN”

Expte.: -91236-

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TRENQUE LAUQUEN, 26  de junio de 2019

            AUTOS Y VISTOS: el  recurso extraordinario de nulidad de fs. 72/79 vta. contra la resolución de fs. 66/67

            CONSIDERANDO:

Es doctrina emanada de la Suprema Corte de Justicia provincial que “en principio, las decisiones adoptadas sobre recusaciones o excusaciones, además de no constituir sentencia definitiva en el concepto del art. 278 del Código Procesal Civil y Comercial, no son susceptibles de ser impugnadas ante esta instancia extraordinaria…” (SCBA, C118.094, “Incidente de oposición a la excusación en causa nro. 4550/2013 caratulada: V., M.A. contra G., A.M.. Tenencia de hijos en los términos del art. 31 C.P.C.C.”, 02-03-2016, cuyo texto completo se halla en sistema Juba en línea; buscar allí con las voces extraordinari$ definitiva recusa$).

Por ello, la CámaraRESUELVE:

Denegar el recurso extraordinario de nulidad  de fs. 72/79 vta. contra la resolución de fs. 66/67.

Regístrese. Notifíquese (art. 135.13 CPCC). Hecho, devuélvase.  La jueza Silvia E. Scelzo no firma la presente por encontrarse en uso de licencia.               

           

 

 

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