Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
Juzgado de origen: Juzgado de Paz Letrado de Carlos Casares
Libro: 48- / Registro: 88
Autos: “EL ALMACEN DE ALMIRON Y MUÑOZ S.H. C/ CARUS, IVANA, IVANA MERCEDES S/ COBRO EJECUTIVO.”
Expte.: -90259-
En la ciudad de Trenque Lauquen, provincia de Buenos Aires, a los cinco días del mes de abril de dos mil diecisiete, celebran Acuerdo ordinario los jueces de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, Toribio E. Sosa y Carlos A. Lettieri, para dictar sentencia en los autos “EL ALMACEN DE ALMIRON Y MUÑOZ S.H. C/ CARUS, IVANA, IVANA MERCEDES S/ COBRO EJECUTIVO.” (expte. nro. -90259-), de acuerdo al orden de voto que surge del sorteo de f. 132, planteándose las siguientes cuestiones:
PRIMERA: ¿es fundada la apelación subsidiaria de f. 126 vta. IV contra la resolución de f. 124?.
SEGUNDA: ¿qué pronunciamiento corresponde emitir?.
A LA PRIMERA CUESTION EL JUEZ SOSA DIJO:
El juzgado dispuso que el mandamiento fuera diligenciado según el art. 219 AC 3397 SCBA.
El inciso c- de ese precepto indica que, si el oficial de justicia no fuera atendido, debe fijar el mandamiento en la puerta: en el caso, no fue atendido y fijó el mandamiento en la entrada del inmueble (f. 122).
Así las cosas, por el momento deviene inconducente la manifestación adicional del oficial de justicia en el sentido que el intimado no vive allí, toda vez que con ella el funcionario excedió el marco de esa norma específicamente aplicable (arts. 34.4, 541, 543.1 y concs. cód. proc.).
VOTO QUE SÍ.
A LA MISMA CUESTION EL JUEZ LETTIERI DIJO:
Que por compartir sus fundamentos, adhiere al voto que antecede.
A LA SEGUNDA CUESTION EL JUEZ SOSA DIJO:
Corresponde revocar la resolución de f. 124.
TAL MI VOTO.
A LA MISMA CUESTION EL JUEZ LETTIERI DIJO:
Que adhiere al voto que antecede.
CON LO QUE TERMINO EL ACUERDO, DICTANDOSE LA SIGUIENTE:
S E N T E N C I A
Por lo que resulta del precedente Acuerdo, la Cámara RESUELVE:
Revocar la resolución de f. 124.
Regístrese. Notifíquese según corresponda (arts. 133, 135 inc. 12 y 249 últ. párr. CPCC). Hecho, devuélvase.