Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
Juzgado de origen: Juzgado Civil y Comercial 2
Libro: 47- / Registro: 292
Autos: “GOMEZ, ESMIL CELADIZ C/ MEIRELLES, CARLOS AUGUSTO S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. C/ LES. O MUERTE ( EXC.ESTADO) (99)”
Expte.: -88814-
En la ciudad de Trenque Lauquen, provincia de Buenos Aires, a los veinticinco días del mes de octubre de dos mil dieciséis, celebran Acuerdo ordinario los jueces de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, Toribio E. Sosa y Carlos A. Lettieri, para dictar sentencia en los autos “GOMEZ, ESMIL CELADIZ C/ MEIRELLES, CARLOS AUGUSTO S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. C/ LES. O MUERTE ( EXC.ESTADO) (99)” (expte. nro. -88814-), de acuerdo al orden de voto que surge del sorteo de f. 581, planteándose las siguientes cuestiones:
PRIMERA: ¿qué honorarios deben regularse por las tareas en la alzada?.
SEGUNDA: ¿qué pronunciamiento corresponde emitir?.
A LA PRIMERA CUESTION EL JUEZ SOSA DIJO:
Atento el diferimiento de f. 384, la resolución de fs. 538/vta. y lo reglado en el art. 31 del d.ley 8904/77, propongo los siguientes honorarios:
a) abog. Sancho, $ 6.929 (hon. 1ª inst. x 26%; fs. 344/349);b) abog. Pérez, $ 4.104 (fs. hon. 1ª inst. x 22%; fs. 355/356 vta.).
Y merced al diferimiento de f. 446 vta. postulo los siguientes honorarios (arg. art. 47 d.ley cit.):
a) abog. Sancho, $ 1.386 (hon. 2ª inst. x 20%; fs. 434/435 vta.); b) abog. Pérez, $ 821 (hon. 2ª inst. x 20%; fs. 437/438 vta.).
ASI LO VOTO.
A LA MISMA CUESTION EL JUEZ LETTIERI DIJO:
Que por compartir sus fundamentos, adhiere al voto que antecede.
A LA SEGUNDA CUESTION EL JUEZ SOSA DIJO:
Corresponde regular los siguientes honorarios:
1- atento el diferimiento de f. 384 y la resolución de fs. 538/vta.: a) abog. Sancho, $ 6.929 (hon. 1ª inst. x 26%; fs. 344/349); b) abog. Pérez, $ 4.104 (fs. hon. 1ª inst. x 22%; fs. 355/356 vta.).
2- merced al diferimiento de f. 446 vta: a) abog. Sancho, $ 1.386 (hon. 2ª inst. x 20%; fs. 434/435 vta.); b) abog. Pérez, $ 821 (hon. 2ª inst. x 20%; fs. 437/438 vta.).
TAL MI VOTO.
A LA MISMA CUESTION EL JUEZ LETTIERI DIJO:
Que adhiere al voto que antecede.
CON LO QUE TERMINO EL ACUERDO, DICTANDOSE LA SIGUIENTE:
S E N T E N C I A
Por lo que resulta del precedente Acuerdo, la Cámara RESUELVE:
Regular los siguientes honorarios:
1- atento el diferimiento de f. 384 y la resolución de fs. 538/vta.: a) abog. Sancho, $ 6.929 (fs. 344/349); b) abog. Pérez, $ 4.104 (fs. 355/356 vta.).
2- merced al diferimiento de f. 446 vta: a) abog. Sancho, $ 1.386 (fs. 434/435 vta.); b) abog. Pérez, $ 821 (fs. 437/438 vta.).
Regístrese. Hecho, devuélvase. Encomiéndase la notificación de la presente en primera instancia (arts. 54 y 57 del d-ley 8904/77).La jueza Silvia E. Scelzo no firma la presente por encontrarse en uso de licencia.