Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
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Juzgado de origen: Juzgado de Paz Letrado de Tres Lomas
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Libro: 44- / Registro: 24
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Autos: “R., M. F. C/ B., R. E. S/ INCIDENTE DE AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA”
Expte.: -88345-
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TRENQUE LAUQUEN, 27 de febrero de 2013.
AUTOS, VISTOS Y CONSIDERANDO: el informe de f. 486, la providencia de f. 487, el escrito de fs. 488/vta., lo decidido a f. 491, la reserva de f. 491 vta. y los artículos 36.2 y 48 del Código Procesal, la Cámara RESUELVE:
1- Tener por recibidos y reservados los expedientes pedidos a f. 487.
2- Tener por presentada a la abogada Carla Emiliana Navas en los términos del artículo 48 del Código Procesal, en razón de la circunstancia invocada a f. 488 punto 1, quien deberá dentro del plazo de sesenta días presentar los instrumentos que acrediten su personería o ratificar su gestión, bajo apercibimiento de declarar nulo lo actuado con costas a su cargo.
3- Hacer lugar a lo pedido a fs. 488/vta. punto 4 y requerir del Juzgado de Paz Letrado de Tres Lomas el expediente “R., M. F. s/ Beneficio de litigar sin gastos”, encomendando a las partes el impulso de las diligencias necesarias a ese fin bajo apercibimiento de decretar la caducidad de segunda instancia (arts. 36.1 y 310.2 cód. cit.; además, Res. 3634 del 19-12-2012 de la SCBA).
Interín, manténgase suspendido el plazo para resolver.
Regístrese. Notifíquese (arts. 135 incs. 4º y 5º CPCC).
Silvia E. Scelzo
Jueza
Toribio E. Sosa
Juez
Carlos A. Lettieri
Juez
María Fernanda Ripa
Secretaría