Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
Juzgado de origen: Juzgado de Paz Letrado de Adolfo Alsina
Libro: 43- / Registro: 13
Autos: “ALCOBA, MARIA ROSA S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS”
Expte.: -87959-
En la ciudad de Trenque Lauquen, provincia de Buenos Aires, a los trece días del mes de febrero de dos mil once, se reúnen en Acuerdo extraordinario los jueces de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, Carlos A. Lettieri, Silvia E. Scelzo y Toribio E. Sosa, para dictar sentencia en los autos “ALCOBA, MARIA ROSA S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS” (expte. nro. -87959-), de acuerdo al orden de voto que surge del sorteo de f. 15, planteándose las siguientes cuestiones:
PRIMERA: ¿es fundada la apelación subsidiaria de fs. 8/vta.?.
SEGUNDA: ¿qué pronunciamiento corresponde emitir?.
A LA PRIMERA CUESTION LA JUEZA SCELZO DIJO:
El Juzgado de Paz Letrado de Adolfo Alsina se declara incompetente para entender en el presente beneficio de litigar sin gastos en virtud de haberse declarado, también incompetente para entender en el proceso principal “Alcoba, María Rosa c/ Colucci, Marta s/ Desalojo” (ver fs. 7/vta.).
Ahora bien, habiendo resuelto este Tribunal que en dicho desalojo la competencia le corresponde al mencionado Juzgado de Paz Letrado, corresponde entonces, declararlo también competente para entender en el presente beneficio (art. 6.5, cód. proc.).
Por lo expuesto, es dable estimar la apelación subsidiaria de fs. 10/vta, declarando competente para el trámite del presente beneficio de litigar sin gastos al Juzgado de Paz Letrado de Adolfo Alsina.
VOTO POR LA AFIRMATIVA.
A LA MISMA CUESTION EL JUEZ SOSA DIJO:
Que por compartir sus fundamentos, adhiere al voto que antecede.
A LA MISMA CUESTION EL JUEZ LETTIERI DIJO:
Que por compartir sus fundamentos adhiere al voto emitido en primer término.
A LA SEGUNDA CUESTION LA JUEZA SCELZO DIJO:
En mérito a la forma que ha sido votada la cuestión anterior, corresponde estimar la apelación subsidiaria de fs. 10/vta..
TAL MI VOTO.
A LA MISMA CUESTION EL JUEZ SOSA DIJO:
Que por compartir sus fundamentos, adhiere al voto que antecede.
A LA MISMA CUESTION EL JUEZ LETTIERI DIJO:
Que por compartir sus fundamentos adhiere al voto emitido en primer término al ser votada esta cuestión.
CON LO QUE TERMINO EL ACUERDO, DICTANDOSE LA SIGUIENTE:
S E N T E N C I A
Por lo que resulta del precedente Acuerdo, la Cámara RESUELVE:
Estimar la apelación subsidiaria de fs. 10/vta.
Regístrese. Notifíquese según corresponda (arts. 133, 135 inc. 12 y 249 últ. párr. CPCC). Hecho, devuélvase.
Carlos A. Lettieri
Juez
Silvia Ethel Scelzo
Jueza
Toribio E. Sosa
Juez
María Fernanda Ripa
Secretaría