06-03-12

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen                                                          

Juzgado de origen: Juzgado de Paz Letrado de Hipólito Yrigoyen

Libro: 43- / Registro: 45

Autos: “RECURSO DE QUEJA EN AUTOS: HERNANDEZ, EDUARDO ARTURO S/ SUCESIÓN AB-INTESTATO”

Expte.: -88034-

En la ciudad de Trenque Lauquen, provincia  de  Buenos Aires,  a  los seis  días del mes de marzo de dos mil doce, se reúnen en  Acuerdo  ordinario  los jueces  de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, Carlos A. Lettieri, Silvia  E. Scelzo y Toribio E. Sosa,  para  dictar  sentencia  en  los autos “RECURSO DE QUEJA EN AUTOS: HERNANDEZ, EDUARDO ARTURO S/ SUCESIÓN AB-INTESTATO” (expte. nro. -88034-), de acuerdo al orden  de  voto  que surge  del  sorteo  de f. 7, planteándose las siguientes cuestiones:

PRIMERA:   ¿es   procedente  el recurso de queja de fs. 6/vta.?.

SEGUNDA: ¿qué pronunciamiento corresponde emitir?.

A LA PRIMERA CUESTION EL JUEZ SOSA DIJO:

      Si según la recurrente la regulación de honorarios no se ajustaba a derecho, tuvo que apelarla (art. 57 d-ley 8904/77).

      Si no obstante eso intentó un recurso de reposición pese a lo reglado en el art. 238 CPCC -que restringe ese medio de impugnación a las providencias simples-, por  lo menos debió utilizar una apelación en subsidio, lo que no hizo ni expresa ni tácitamente -si esta última modalidad cupiera, arg. a simili art. 330.6 cód. proc.-, resultando entonces inadmisible la apelación directa contra la resolución que desestimó el solitario recurso de reposición (arts. 34.4 y  241 cód. proc.; arts. 923 y 20 cód. civ.).

      Así es que ha sido bien denegada la apelación de f. 4 contra la providencia de f. 3.

      ASI LO VOTO.

A LA MISMA CUESTION LA JUEZA SCELZO DIJO:

      Que por compartir sus fundamentos, adhiere al voto que antecede.

A LA MISMA CUESTION EL JUEZ LETTIERI  DIJO:

      Que por compartir sus fundamentos adhiere al voto emitido en primer término.

A LA  SEGUNDA  CUESTION EL JUEZ SOSA DIJO:

      Corresponde desestimar la queja de fs. 6/vta..

      TAL MI VOTO.

A LA MISMA CUESTION LA JUEZA SCELZO  DIJO:

      Que por compartir sus fundamentos, adhiere al voto que antecede.

A LA MISMA CUESTION EL JUEZ LETTIERI  DIJO:

      Que por compartir sus fundamentos adhiere al voto emitido en primer término al ser votada esta cuestión.

CON  LO QUE TERMINO EL ACUERDO, DICTANDOSE LA SIGUIENTE:

      S E N T E N C I A

      Por  lo que resulta del precedente Acuerdo, la Cámara RESUELVE:

      Desestimar la queja de fs. 6/vta..

      Regístrese.  Notifíquese   según   corresponda (arts. 133, 135 inc. 12 y 249 últ. párr. CPCC). Hecho, archívese.

 

                             Carlos A. Lettieri

                                     Juez

 

      Silvia Ethel Scelzo

             Jueza

 

 

 

                           Toribio E. Sosa

                                   Juez

 

     María Fernanda Ripa

             Secretaría

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