Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
Juzgado de origen: Juzgado de Paz Letrado de Hipólito Yrigoyen
Libro: 43- / Registro: 45
Autos: “RECURSO DE QUEJA EN AUTOS: HERNANDEZ, EDUARDO ARTURO S/ SUCESIÓN AB-INTESTATO”
Expte.: -88034-
En la ciudad de Trenque Lauquen, provincia de Buenos Aires, a los seis días del mes de marzo de dos mil doce, se reúnen en Acuerdo ordinario los jueces de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, Carlos A. Lettieri, Silvia E. Scelzo y Toribio E. Sosa, para dictar sentencia en los autos “RECURSO DE QUEJA EN AUTOS: HERNANDEZ, EDUARDO ARTURO S/ SUCESIÓN AB-INTESTATO” (expte. nro. -88034-), de acuerdo al orden de voto que surge del sorteo de f. 7, planteándose las siguientes cuestiones:
PRIMERA: ¿es procedente el recurso de queja de fs. 6/vta.?.
SEGUNDA: ¿qué pronunciamiento corresponde emitir?.
A LA PRIMERA CUESTION EL JUEZ SOSA DIJO:
Si según la recurrente la regulación de honorarios no se ajustaba a derecho, tuvo que apelarla (art. 57 d-ley 8904/77).
Si no obstante eso intentó un recurso de reposición pese a lo reglado en el art. 238 CPCC -que restringe ese medio de impugnación a las providencias simples-, por lo menos debió utilizar una apelación en subsidio, lo que no hizo ni expresa ni tácitamente -si esta última modalidad cupiera, arg. a simili art. 330.6 cód. proc.-, resultando entonces inadmisible la apelación directa contra la resolución que desestimó el solitario recurso de reposición (arts. 34.4 y 241 cód. proc.; arts. 923 y 20 cód. civ.).
Así es que ha sido bien denegada la apelación de f. 4 contra la providencia de f. 3.
ASI LO VOTO.
A LA MISMA CUESTION LA JUEZA SCELZO DIJO:
Que por compartir sus fundamentos, adhiere al voto que antecede.
A LA MISMA CUESTION EL JUEZ LETTIERI DIJO:
Que por compartir sus fundamentos adhiere al voto emitido en primer término.
A LA SEGUNDA CUESTION EL JUEZ SOSA DIJO:
Corresponde desestimar la queja de fs. 6/vta..
TAL MI VOTO.
A LA MISMA CUESTION LA JUEZA SCELZO DIJO:
Que por compartir sus fundamentos, adhiere al voto que antecede.
A LA MISMA CUESTION EL JUEZ LETTIERI DIJO:
Que por compartir sus fundamentos adhiere al voto emitido en primer término al ser votada esta cuestión.
CON LO QUE TERMINO EL ACUERDO, DICTANDOSE LA SIGUIENTE:
S E N T E N C I A
Por lo que resulta del precedente Acuerdo, la Cámara RESUELVE:
Desestimar la queja de fs. 6/vta..
Regístrese. Notifíquese según corresponda (arts. 133, 135 inc. 12 y 249 últ. párr. CPCC). Hecho, archívese.
Carlos A. Lettieri
Juez
Silvia Ethel Scelzo
Jueza
Toribio E. Sosa
Juez
María Fernanda Ripa
Secretaría