Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
Juzgado de origen: de Paz Letrado de Hipólito Yrigoyen
Libro: 43 / Registro: 109
Autos: “VICENTE, MARIO PEDRO C/ CANTISANI, WALTER DANIEL S/ CONSIGNACION DE HONORARIOS ”
Expte.: -88017-
TRENQUE LAUQUEN, 18 de abril de 2012.
AUTOS, VISTOS Y CONSIDERANDO.
Con la firma del acuerdo alcanzado en la audiencia del día 11 de abril de 2012 (ver claúsula 5-) ambas partes han manifestado no tener nada más que reclamarse en el caso.
Agotado así el interés procesal de las partes en la causa, sus apelaciones de fs. 113 y 117 se han tornado abstractas por falta sobreviniente de gravamen, lo que así cabe declarar sin más trámite con costas en segunda instancia en el orden causado (arts. 163.6 párrafo 2º, 34.5.a, 34.5.e, 309 y 73 cód. proc.), correspondiendo al juzgado resolver lo demás que sea necesario para su cumplimiento (arts. 162, 498.1 y 166.7 cód. proc.).
Por lo tanto, la Cámara RESUELVE:
Declarar que las apelaciones de fs. 113 y 117 se han tornado abstractas por falta sobreviniente de gravamen, con costas en cámara por su orden y diferimiento de la eventual resolución sobre honorarios si correspondieren (art. 5 ley 5177; arts. 12 y 31 d-ley 8904/77).
Regístrese. Notifíquese. Hecho, remítanse las actuaciones al juzgado de origen.
Silvia E. Scelzo Jueza
Toribio E. Sosa
Juez
Carlos A.. Lettieri
Juez
María Fernanda Ripa
Secretaría