Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
Juzgado de origen: Juzgado Civil y Comercial 1
Libro: 43- / Registro: 123
Autos: “CUADERNO DE PRUEBA DE LA PARTE ACTORA EN AUTOS: G., Y. S. C/ R., J. S/ FILIACION”
Expte.: -88105-
En la ciudad de Trenque Lauquen, provincia de Buenos Aires, a los veinticinco días del mes de abril de dos mil doce, se reúnen en Acuerdo ordinario los jueces de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, Silvia E. Scelzo, Toribio E. Sosa y Carlos A. Lettieri, para dictar sentencia en los autos “CUADERNO DE PRUEBA DE LA PARTE ACTORA EN AUTOS: G., Y. S. C/ R., J. S/ FILIACION” (expte. nro. -88105-), de acuerdo al orden de voto que surge del sorteo de f. 29, planteándose las siguientes cuestiones:
PRIMERA: ¿es fundada la apelación de f. 10 contra la resolución de f. 5 ap. 2?.
SEGUNDA: ¿qué pronunciamiento corresponde emitir?.
A LA PRIMERA CUESTION EL JUEZ SOSA DIJO:
En pos de una tutela judicial efectiva, no hay razón jurisdiccional relevante que impida al juzgado que interviene en la filiación, realizar cuanto menos una audiencia conciliatoria tendiente a la determinación por consenso de una cuota alimentaria provisoria (art. 375 cod. civ.; art. 15 Const. Pcia. Bs. As.; arts. 34.5.e, 36.4, 195, 196 y concs. cód. proc.).
VOTO POR LA AFIRMATIVA.
A LA MISMA CUESTION LA JUEZA SCELZO DIJO:
Que por compartir sus fundamentos, adhiere al voto que antecede.
A LA MISMA CUESTION EL JUEZ LETTIERI DIJO:
Que por compartir sus fundamentos adhiere al voto emitido en primer término.
A LA SEGUNDA CUESTION EL JUEZ SOSA DIJO:
Corresponde revocar la resolución de f. 5 ap. 2.
TAL MI VOTO.
A LA MISMA CUESTION LA JUEZA SCELZO DIJO:
Que por compartir sus fundamentos, adhiere al voto que antecede.
A LA MISMA CUESTION EL JUEZ LETTIERI DIJO:
Que por compartir sus fundamentos adhiere al voto emitido en primer término al ser votada esta cuestión.
CON LO QUE TERMINO EL ACUERDO, DICTANDOSE LA SIGUIENTE:
S E N T E N C I A
Por lo que resulta del precedente Acuerdo, la Cámara RESUELVE:
Revocar la resolución de f. 5 ap. 2.
Regístrese. Notifíquese según corresponda (arts. 133, 135 inc. 12 y 249 últ. párr. CPCC). Hecho, devuélvase.
Silvia Ethel Scelzo
Jueza
Toribio E. Sosa
Juez
Carlos A. Lettieri
Juez
María Fernanda Ripa
Secretaría