La Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Necochea, con fecha 01 de noviembre de 2016 R.I. 110 (S) decidió revocar parcialmente la sentencia de grado, y en consecuencia se acoge el rubro incapacidad sobreviniente.
La Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Necochea, con fecha 01 de noviembre de 2016 R.I. 110 (S) decidió revocar parcialmente la sentencia de grado, y en consecuencia se acoge el rubro incapacidad sobreviniente.
La Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Necochea, con fecha 18 de octubre de 2016 R.I. 105 (S) decidió modificar parcialmente la sentencia de grado y en consecuencia elevar el monto por daño material, hacer lugar a los rubros daño moral y daño punitivo.+
La Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Necochea, con fecha 18 de octubre de 2016 R.I. 175 (I) decidió revocar la sentencia de grado, y en consecuencia corresponde designar un abogado como tutor especial en los términos del art. 109 inc. a) del C.C. y C. para que represetne a la niña en esta causa, debiendo dicho nombramiento ser efectuado en la primer instancias, por el mecanismo pertinente (SCBA. Ac. 3229/05).
La Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Necochea, con fecha 23 de septiembre de 2016 R.I. 95(S) decidió confirmar la sentencia de grado haciendo lugar a la demanda sobre cumplimiento de contrato y daños y perjuicios. Refiriendo que el recurrente hoy posee una limitación recursiva en virtud del principio de preclusión, por lo cual ejercitar las actividades o cumplir las cargas que le era dable satisfacer en los estadios superados del proceso.
La Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Necochea, con fecha 15 de septiembre de 2016 R.I. 90(S) decidió confirmar la sentencia de grado haciendo lugar a la demanda de consignación, modificando las costas que se imponen en ambas instancias en el orden causado. Refiriendo que si el heredero es acreedor o deudor inmediatamente de sucedida la muerte del causante y la obligación es divisible no puede modificarse la naturaleza de la deuda por el hecho de que en lugar del deudor lo sucedan varios herederos.
La Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Necochea, con fecha 20 de septiembre de 2016 R.I. 91(S) decidió revocar la sentencia de grado, haciendo lugar a la demanda sobre daños y perjuicios fijando indemnización más intereses.
La Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Necochea, con fecha 14 de julio de 2016 R.I. 112® decidió hace lugar al replanteo de prueba de testimoniales de reconocimiento y producir la prueba oportunamente proveída.
La Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Necochea, con fecha 21 de junio de 2016 R.I. 57(S) decidió confirmar la sentencia que hace lugar a la reivindicación.
La Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Necochea, con fecha 09 de junio de 2016 R.I. 53(S) decidió confirmar la sentencia que hace lugar a la demanda sobre daños y perjuicios siendo aplicando a cuestiones de consumidor la normativa del Art. 7 CCC que autoriza a la aplicación inmediata de la norma más favorable al eslabón más débil de la relación de consumo. Asimismo aplicó una multa por daños punitivos a partir de una fórmula que justifica su monto