Daños y perjuicios. Accidente. Incapacidad permanente y sobreviniente. Fórmula de cálculo. Pérdida de piezas dentales.

 

 

La Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Necochea, con fecha 01 de noviembre de 2016 R.I. 110 (S) decidió revocar  parcialmente la sentencia de grado, y en consecuencia se acoge el rubro incapacidad sobreviniente.

Expte. 10606

 

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Contrato de seguro. Incumplimiento. Daño. Derechos del consumidor.

 

 

 La Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Necochea, con fecha 18 de octubre de 2016 R.I. 105 (S) decidió modificar parcialmente la sentencia de grado y en consecuencia elevar el monto por daño material, hacer lugar a los rubros daño moral y daño punitivo.+

Expte. 10548

 

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Niña. Designación de tutor.

 

La Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Necochea, con fecha 18 de octubre de 2016 R.I. 175 (I) decidió revocar la sentencia de grado,  y en consecuencia corresponde designar un abogado como tutor especial en los términos del art. 109 inc. a) del C.C. y C. para que represetne a la niña en esta causa, debiendo dicho nombramiento ser efectuado en la primer instancias, por el mecanismo pertinente (SCBA. Ac. 3229/05).

Expte. 9238


 

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Rebeldía. Apelación. Limitación recursiva.

 

La Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Necochea, con fecha 23 de septiembre de 2016 R.I. 95(S) decidió confirmar la sentencia de grado  haciendo lugar a la demanda sobre cumplimiento de contrato y daños y perjuicios. Refiriendo que el recurrente hoy posee una limitación recursiva en virtud del principio de preclusión, por lo cual ejercitar las actividades o cumplir las cargas que le era dable satisfacer en los estadios superados del proceso.

Expte. 10569

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Sucesiones. Divisivilidad de pago. Consignación

 

La Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Necochea, con fecha 15 de septiembre de 2016 R.I. 90(S) decidió confirmar la sentencia de grado  haciendo lugar a la demanda de consignación, modificando las costas que se imponen en ambas instancias en el orden causado. Refiriendo que si el heredero es acreedor o deudor inmediatamente de sucedida la muerte del causante y la obligación  es divisible no puede modificarse la naturaleza de la deuda por el hecho de que en lugar del deudor lo sucedan varios herederos.

Expte. 10538

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Daños y perjuicios. Cesión. Liberación de hipoteca.

 La Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Necochea, con fecha 20 de septiembre de 2016 R.I. 91(S) decidió revocar la sentencia de grado,  haciendo lugar a la demanda sobre daños y perjuicios fijando indemnización más intereses.

Expte. 10521

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Replanteo de prueba

 

La Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Necochea, con fecha 14 de julio de 2016 R.I. 112® decidió hace lugar al replanteo de prueba de testimoniales de reconocimiento y producir la prueba oportunamente proveída.

Expte. 10540

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Honorarios. Defensor ad hoc

 

La Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Necochea, con fecha 14 de julio de 2016 R.I. 114® revocó la resolución de primera instancia y decidió procederse por la instancia de origen a regular el honorario profesional de conformidad con la ley arancelaria; resultando obligados por dicho emolumento las partes y de manera concurrente con la regulación ya efectuada, debiendo optar el letrado para su cobro, ya que se aclara que las regulaciones no resultan acumulativas y que cada deudor responde frente a él conforme la causa de su respectiva obligación.

Expte. 10553

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Reivindicación

La Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Necochea, con fecha 21 de junio de 2016 R.I. 57(S) decidió confirmar la sentencia que hace lugar a la reivindicación.

Expte. 10334

 

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Consumidor bancario. Daño. Daños punitivos

 

La Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Necochea, con fecha 09 de junio de 2016 R.I. 53(S) decidió confirmar la sentencia que hace lugar a la demanda sobre daños y perjuicios siendo aplicando a cuestiones de consumidor la normativa del Art. 7 CCC que autoriza a la aplicación inmediata de la norma más favorable al eslabón más débil de la relación de consumo. Asimismo aplicó una multa por daños punitivos a partir de una fórmula que justifica su monto

Expte. 10518

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