La Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Necochea, con fecha 10 de junio de 2015, modificó la sentencia de grado hizo lugar a la demanda instaurada por M. R. M. y A. R. M. contra A. E. E. sobre daños y perjuicios, estableciendo responsabilidad concurrente de los partícipes en el hecho que se atribuye en un 50% a cada uno y modificó los importes por conceptos “valor vida” y “daño moral”.