La Sala Segunda de la Cámara dictó resolución revocando parcialmente sentencia de divorcio en lo referido a la retroactividad de la extinción de la comunidad de ganancias. Señaló que, ante el desacuerdo de las partes sobre la fecha de separación de hecho, esa cuestión excede el marco del trámite de divorcio y debe resolverse del mismo modo que las restantes materias sin acuerdo en las propuestas reguladoras, ya sea mediante los mecanismos de autocomposición o, en su defecto, a través de la promoción de las acciones pertinentes para su definitiva resolución.
Fallo completo: 140.999