Alimentos provisorios en reclamo filiatorio. Costas.

Con fecha 15/9/22 la Sala 2da. de esta Cámara 2da., en la causa 132.348, “DL… c. D…”, modificó parcialmente la resolución de primera instancia, disponiendo que los alimentos provisorios fijados a favor del menor de edad en el trámite de la acción de filiación quedaban a cargo del presunto progenitor por aplicación de los arts. 586 y 664 CCyCN.

Además, postergó la imposición de las costas de la incidencia para una vez que se encuentre resuelta la acción de reclamación de filiación principal, estableciendo que de prosperar la misma las costas serán a cargo del presunto progenitor alimentante, pero para el caso de rechazarse dicha acción las costas de esta incidencia quedarán a cargo de la actora reclamante.

132.348

 

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