La Sala Primera de la Cámara Segunda de Apelación de La Plata, en autos caratulados “SALAS ELBA DORA S/SUCESION AB-INTESTATO” (Causa:127725) revocó la decisión apelada e hizo lugar a la inscripción de la cesión de acciones y derechos hereditarios realizada, conjuntamente con la declaratoria de herederos, considerando que si bien el acto técnicamente no es una cesión de herencia, se le aplican las normas de la compraventa y el cesionario tiene derecho a reclamar la entrega del inmueble, luego de la partición y/o adjudicación ya que el cedente [heredero único] reviste el carácter de titular del derecho real.
Fallo completo: