La Sala Segunda de esta Cámara, en la Causa 129.521, revocó la imposición de costas por su orden decidida en el juzgado de primera instancia, conforme el artículo 71 CPCC, y dispuso imponerlas al denunciado. Para ello, aplicó la perspectiva de género y sostuvo que, pese a las denuncias cruzadas, la víctima de violencia de género es la mujer y tal circunstancia determina una mirada no neutral del derecho aplicable que impide considerar la existencia de un vencimiento parcial y mutuo del caso.
Fallo completo: 129521