La Sala Primera de la Cámara Segunda de Apelación de La Plata, integrada por los doctores Jaime Oscar López Muro y Ricardo Daniel Sosa Aubone, en la causa “DELLATORRE MARCELO DANIEL C/ ACOSTA SILVIA BEATRIZ Y OTROS S/ EJECUCION HONORARIOS” (135487/1), en fecha 17/11/2023 resolvió confirmar la resolución apelada que denegó el embargo sobre bienes propios del heredero, por cuanto el heredero ejecutado fue condenado en costas en carácter de heredero por un boleto de compraventa de un bien perteneciente al acervo hereditario -no por ser titular del inmueble- y por ende responde sólo con los bienes que ha recibido en la sucesión de su madre y abuelo y no con los propios (art. 2317, CCCN), no habiéndose alegado ni acreditado algún supuesto de excepción por los que deba responder ilimitadamente.
Fallo completo: 135487 1