Con fecha 24/8/23, la Sala 2da. de esta Cámara 2da, en la causa n° 131415: “CAPDEVIELLE LUIS MARIA C/ GRISOLIO GRISELDA ROXANA S/ COBRO EJECUTIVO”, determinó que el art 14 de la ley 6716 -en cuánto impone al letrado el cumplimiento de su aporte previsional- debe conjugarse con el efectivo cobro del honorario profesional ya que, si tal remuneración no ingresa efectivamente al patrimonio de este último, no resulta razonable ni lógico pretender un desembolso de dinero desentendido del sustento que lo origina.
Fallo completo: 131415