La Sala Primera de la Cámara Segunda de Apelación de La Plata, en autos caratulados “BOCCOLINI, RAMON JOSE S/ SUCESION AB-INTESTATO ” (causa: 128921), decidió que la base arancelaria debe estimarse con criterios de actualidad y en pesos porque los honorarios se regulan en esa moneda. Si bien es usual que los inmuebles se vendan en dólares, y puede acompañarse una tasación en esa moneda del inmueble, debe determinarse el valor en pesos a la fecha de la tasación. Además resolvió que si la clasificación de tareas no respeta las etapas conforme la ley aplicable, debe reajustarse la clasificación y readecuar los honorarios regulados.
Fallo completo: 128921