Se revocó el régimen de cuidado personal unilateral provisorio a favor del padre y de comunicación provisorio en favor de la madre través de la aplicación “Whatsapp” durante el aislamiento social obligatorio, restituyó el cuidado personal compartido indistinto y determinó que durante la etapa de aislamiento compartirán con su hijo en forma alternada 7 días corridos, comenzando la madre el lunes siguiente de notificada la decisión, ocupándose del traslado el padre o madre que no se encuentre con el niño en ese momento.
Fallo completo: 127661 INI