La Sala Primera de la Cámara Segunda de Apelación de La Plata, en autos caratulados “B., G.M.A. s/ abrigo” (expte. 123184) resolvió que, si bien los recursos por honorarios se resuelven sin sustanciación, corresponde admitir el escrito presentado espontáneamente por el abogado apelado, no en carácter de contestación de un memorial inexistente, sino en ejercicio de su derecho de defensa, pero esta presentación no genera costas.
Fallo completo: 123184 INI