• PROTOCOLO PARA LA PRESENTACIÓN Y DILIGENCIAMIENTO DE CÉDULAS DE TRASLADO DE DEMANDA Y MANDAMIENTOS DE IMTIMACIÓN DE PAGO

    1- ¿Cómo allegar y obtener las copias para traslado?

    En primer lugar, se deberán acompañar conjuntamente con el escrito de demanda –el cual deberá estar transcripto en el cuerpo de la presentación electrónica- la totalidad de las copias para traslado en formato PDF.
    El Juzgado procederá a generar una constancia de la presentación formulada la cual se agregará como documento adjunto al proveído que ordene el traslado de demanda. Éste archivo que ha sido generado por el Juzgado, quedará a disposición de los profesionales para ser impreso a través de la MEV. Asimismo, se hace saber que las copias generadas en formato digital contienen:
    a) Datos de la presentación electrónica con los Links proporcionados por la SCBA referentes a la documentación que se genera; b) Sello identificatorio del funcionario que ha producido el archivo electrónico; y c) Fecha y hora en la cual se originó el PDF.

    2- ¿Cómo presentar la cédula o mandamiento a confronte?

    Se deberá presentar la cédula o mandamiento en formato electrónico de conformidad a las siguientes especificaciones:
    i) Indicar en el cuerpo del instrumento que se diligenciará con copias.
    ii) Consignar la totalidad del proveído a notificar, en donde deberá estar detallada la constancia que se efectúa con respecto a la generación y posterior agregado del PDF, respectivo a las copias de traslado.
    iii) El formato de cédula o mandamiento es el que se utiliza para las diligencias en papel –no presentar, para este caso, los modelos previstos por el Ac. 3845/17-.
    iv) Colocar como domicilio electrónico –destinatario de la presentación- a la Oficina de mandamientos y notificaciones que corresponda.
    v) La cédula o mandamiento NO se deberá presentar con ningún archivo adjunto como así tampoco con ninguna documentación para traslado.

    3- ¿Cómo se presentan las copias para traslado en la Oficina de Notificaciones?

    Una vez librada la pieza en cuestión y comunicada electrónicamente a la Oficina de mandamientos y notificaciones, el profesional deberá imprimir de la Mesa de Entradas Virtual –MEV- las copias generadas en formato PDF y agregadas al proveído en traslado. Posteriormente, dichas copias serán depositadas en el BUZÓN DE ENTRADAS de la Oficina de Notificaciones Departamental, debiéndose cumplir con los siguientes requisitos: i) Presentar las copias en Sobre o Folio cerrado;
    ii) Detallar en el mismo los datos de la causa (Caratula y Nro. de Expte.; Juzgado interviniente; y datos del profesional).


  • SERVICIO DE TURNOS JUDICIALES

    La atención tanto a profesionales como para el público en general se efectuará a través del servicio web de asignación de turnos para la concurrencia a la sede del Juzgado.

    A tales fines se informa la dirección de la página web correspondiente:

    https://stj.scba.gov.ar/


  • Guía para la realización y participación en audiencias en forma remota

    Se informa que en formato adjunto a la presente publicación se puede consultar los instructivos para la descarga, instalación y posterior utilización de la plataforma Microsoft Teams.

    Instructivo Usuarios Externos – Plataforma PC

    Instructivo Usuarios Externos – Plataforma Android


  • INSTRUCTIVO PARA EL ENVÍO, RECEPCIÓN Y LIBRAMIENTO DE OFICIOS A ENTIDADES QUE NO POSEEN DOMICILIO ELECTRÓNICO .

    1. EL LETRADO QUE SOLICITA EL CONFRONTE Y LIBRAMIENTO DE UN OFICIO A SER DILIGENCIADO EN FORMATO PAPEL DEBERÁ:

    . INGRESAR AL PORTAL DE PRESENTACIONES ELECTRÓNICAS

    . SELECCIONAR EL ORGANISMO Y CAUSA A DONDE PRETENDE DIRIGIR EL OFICIO (COMO LO HACE HABITUALMENTE)

    . EN LOS DATOS DEL RECEPTOR DE LA PRESENTACIÓN, CARGAR EL DOMICILIO ELECTRÓNICO DE LA “PARTE INVOLUCRADA” CONSIGNANDO EL DOMICILIO ELECTRÓNICO DEL LETRADO QUE ESTÁ REALIZANDO EL OFICIO.

    . REDACTAR EL OFICIO A ENVIAR EN “EL CUERPO DE LA PRESENTACIÓN” (NO COMO ARCHIVO ADJUNTO) CON LOS FORMATOS REQUERIDOS POR LA SCBA, LUEGO FIRMAR Y ENVIAR PRESENTACIÓN

    2- EL JUZGADO DEBERÁ SE DESCARGAR LAS PRESENTACIONES REMITIDAS POR LOS ABOGADOS A TRAVÉS DEL MÓDULO DE FIRMA Y NOTIFICACIÓN DIGITAL, PRESENTACIONES ELECTRÓNICAS

    3- POSTERIORMENTE, DE CORRESPONDER SE LIBRARÁ EL OFICIO Y SE PROCEDERÁ A FIRMAR Y NOTIFICAR EN FORMA ELECTRÓNICA (A TRAVÉS DEL MÓDULO DE FIRMA DIGITAL), CULMINANDO ASÍ EL LIBRAMIENTO DEL OFICIO ELECTRÓNICO RECIBIDO

    4- REALIZADOS TODOS LOS PASOS INDICADOS, EL ABOGADO RECIBIRÁ LA MISMA PIEZA QUE REMITIÓ A CONFRONTE, SUSCRIPTA POR EL JUEZ Y/O FUNCIONARIO, A LA QUE ACCEDERÁ A TRAVÉS DEL PORTAL DE PRESENTACIONES ELECTRÓNICAS, INGRESANDO EN LA SOLAPA DE “NOTIFICACIONES”

    5- UNA VEZ QUE ACCEDA AL “OFICIO ELECTRÓNICO” QUE HA RECIBIDO COMO NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA, DEBERÁ DIRIGIRSE A LA OPCIÓN “IMPRIMIR COPIA DE LA NOTIFICACIÓN” PARA OBTENER LA PIEZA FIRMADA DIGITALMENTE CON SU RESPECTIVO CÓGIDO QR DE VERIFICACIÓN DE VALIDEZ DE FIRMA DIGITAL.-

    6-. FINALMENTE OBTENDRÁ LA PIEZA RESPECTIVA, CON LA FIRMA DIGITAL Y SU VALIDACIÓN A TRAVÉS DEL CÓDIGO QR, RESULTANDO APTA PARA SU POSTERIOR DILIGENCIAMIENTO POR PARTE DEL ABOGADO

     


  • PRORROGA DE LA RESOLUCIÓN 386/20 SCBA

    Se informa que por medio de la Resolución 21/20, la Suprema Corte de Justicia Provincial prorrogó las medidas dispuestas por la Resl. 386/20, hasta el 10 de Mayo del corriente año.

    En archivo adjunto se agrega la resolución en cuestión: Ver resolución SPL N° 21-20


  • Nuevo valor de JUS (Ac. 3973/20 SCBA)

    Se informa que mediante el Acuerdo 3973/20 la Suprema Corte de Justicia Provincial ha fijado el nuevo valor del JUS al 1 de Marzo de 2020.

    A los fines de consultar dicha resolución se adjunta en formato pdf la misma.

    Ver Acuerdo 3972-20


  • ATENCIÓN A DISTANCIA

    En el marco de la emergencia sanitaria decretada por el Poder Ejecutivo Nacional y a los fines de poder evacuar las CONSULTAS  de letrados, partes, peritos y/o cualquier otro profesional interesado, es que se procede a informar los números telefónicos del Juzgado con los internos respectivos.

    Teléfonos: 0236-4447323; 0236-4447281; 0236-4447323

    Internos: 48711; 48715; 48705; 48702.

    Se deja aclarado que a los fines de poder comunicarse efectivamente, se deberá marcar el INTERNO antes de que se escuche la señal para hacerlo.


  • Nuevo “Reglamento para los escritos, resoluciones, actuaciones, diligencias y expedientes judiciales”

    La Suprema Corte de Justicia aprobó el nuevo “Reglamento para los escritos, resoluciones, actuaciones, diligencias y expedientes judiciales”, el cual comenzará a regir el día 27 de abril de 2020, con alcance general.

    A los fines de poder acceder a la resolución de la Suprema Corte de Justicia, se transcribe el link pertinente:

    Ac. 3971/20 SCJBA


  • SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS. CUESTIONES DE URGENTE DESPACHO.

    Con motivo del Decreto Nº 355/20 del Poder Ejecutivo Nacional dirigido a evitar la expansión de la enfermedad COVID-19 (Coronavirus), la Suprema Corte de Justicia Provincial resolvió prorrogar hasta el 26 de abril el asueto con guardias mínimas y atención de asuntos urgentes en todo el ámbito del Poder Judicial provincial, dispuesto en la Resolución Nº 386/20 .

    Para mayor información y lectura de la Resolución se transcribe el Link correspondiente:

    Resolución SCBA


  • LIBRANZAS DE DINERO CORRESPONDIENTES A CUENTAS JUDICIALES

    Se informa que la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires ha dispuesto mediante la Res. 16/20 que toda libranza de dinero judicial se realizará únicamente mediante transferencia bancaria.
    En consecuencia, se deberá denunciar :

    Tipo y Numero de Cuenta Bancaria de titularidad del beneficiario

    Clave Bancaria Única (CBU)

    Cuit/Cuil

    Condición fiscal ante la AFIP.

    Monto de la transferencia, y discriminación e imputación

    El texto integro de la Res. SCBA SP 16/20 podrá consultarlo en el sitio web, cuyo link es:
    Resolución 16/20 SCBA


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