• PRORROGA DE LA RESOLUCIÓN 386/20 SCBA

    Se informa que por medio de la Resolución 21/20, la Suprema Corte de Justicia Provincial prorrogó las medidas dispuestas por la Resl. 386/20, hasta el 10 de Mayo del corriente año.

    En archivo adjunto se agrega la resolución en cuestión: Ver resolución SPL N° 21-20


  • Nuevo valor de JUS (Ac. 3973/20 SCBA)

    Se informa que mediante el Acuerdo 3973/20 la Suprema Corte de Justicia Provincial ha fijado el nuevo valor del JUS al 1 de Marzo de 2020.

    A los fines de consultar dicha resolución se adjunta en formato pdf la misma.

    Ver Acuerdo 3972-20


  • ATENCIÓN A DISTANCIA

    En el marco de la emergencia sanitaria decretada por el Poder Ejecutivo Nacional y a los fines de poder evacuar las CONSULTAS  de letrados, partes, peritos y/o cualquier otro profesional interesado, es que se procede a informar los números telefónicos del Juzgado con los internos respectivos.

    Teléfonos: 0236-4447323; 0236-4447281; 0236-4447323

    Internos: 48711; 48715; 48705; 48702.

    Se deja aclarado que a los fines de poder comunicarse efectivamente, se deberá marcar el INTERNO antes de que se escuche la señal para hacerlo.


  • Nuevo “Reglamento para los escritos, resoluciones, actuaciones, diligencias y expedientes judiciales”

    La Suprema Corte de Justicia aprobó el nuevo “Reglamento para los escritos, resoluciones, actuaciones, diligencias y expedientes judiciales”, el cual comenzará a regir el día 27 de abril de 2020, con alcance general.

    A los fines de poder acceder a la resolución de la Suprema Corte de Justicia, se transcribe el link pertinente:

    Ac. 3971/20 SCJBA


  • SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS. CUESTIONES DE URGENTE DESPACHO.

    Con motivo del Decreto Nº 355/20 del Poder Ejecutivo Nacional dirigido a evitar la expansión de la enfermedad COVID-19 (Coronavirus), la Suprema Corte de Justicia Provincial resolvió prorrogar hasta el 26 de abril el asueto con guardias mínimas y atención de asuntos urgentes en todo el ámbito del Poder Judicial provincial, dispuesto en la Resolución Nº 386/20 .

    Para mayor información y lectura de la Resolución se transcribe el Link correspondiente:

    Resolución SCBA


  • LIBRANZAS DE DINERO CORRESPONDIENTES A CUENTAS JUDICIALES

    Se informa que la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires ha dispuesto mediante la Res. 16/20 que toda libranza de dinero judicial se realizará únicamente mediante transferencia bancaria.
    En consecuencia, se deberá denunciar :

    Tipo y Numero de Cuenta Bancaria de titularidad del beneficiario

    Clave Bancaria Única (CBU)

    Cuit/Cuil

    Condición fiscal ante la AFIP.

    Monto de la transferencia, y discriminación e imputación

    El texto integro de la Res. SCBA SP 16/20 podrá consultarlo en el sitio web, cuyo link es:
    Resolución 16/20 SCBA


  • Depósitos judiciales. Modificación del Acuerdo 2579. Utilización de las tasas de interés más altas.

    Se procede a adjuntar en formato PDF el Acuerdo 3960/2019 SCJBA, referente  a la utilización, en los depósitos judiciales, de las tasas de interés más altas que abone el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de Caja de Ahorro Común o Plazo Fijo.

    Ver Acuerdo 3960-19


  • Solicitud de informe de testamentos

    Por medio de la presente se agrega el instructivo para generar y presentar la solicitud de informe de testamento, ello accediendo al siguiente vínculo: Informe de Testamento.


  • Reglamento para las presentaciones por medios electrónicos.

    Acuerdo 3886/18, Anexo único, SCJBA.

    Se hace saber a las partes, letrados y auxiliares de justicia, que a partir del 01 de Junio de 2018  entra en vigencia el Acuerdo 3886/18 SCJBA, por medio del cual se aprobó el “Reglamento para las presentaciones por medios electrónicos”, debiendo las presentaciones que se formulen generarse y rubricarse electrónicamente, ello sin perjuicio de las excepciones que contempla la referida normativa (Arts. 1, 3, 4 y cc. del Ac. 3886/18 SCJBA).

    Para mayor información, se prodrá acceder al siguiente Link: Ver Acuerdo 3886-18


  • Intervención del Ministerio Público en el fuero Civil y Comercial.

    De acuerdo a la Resolución 315/18 dictada por el Procurador General, en cuanto a la actuación del Ministerio Público Fiscal en materia no penal,  se hace saber que su intervención se encuentra prevista en los siguientes supuestos:
    1) Materia consumidor
    2) Determinación de la capacidad
    3) Procesos sucesorios
    4) Cuestiones de competencia, conexidad y acumulación
    5) Inconstitucionalidad de Leyes
    6) Excusación y recusación de Jueces
    7) Excepción de incompetencia, litispendencia y cosa juzgada

    Para mayor información, se podrá acceder al siguiente link: Actuación del Ministerio Público Fiscal en materia no penal 

     

     


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