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Instrucción. Embargo otorgado. Constitución del letrado como fiador personal. Se establece marco legal aplicable, se revoca y se acepta cambio de fiador.
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Levantamiento de embargo. Se confirma por variación de las circunstancias que se tuvieron en cuenta al ordenarlo. Valoración del estado de la investigación.
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Embargo rechazado apelado por particular damnificado. Fideicomiso, obligaciones de fiduciantes y fiduciario. Se hace lugar y se ordena cautelar.
