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Definitiva Correccional. Absolución. Violación a las reglas del debido proceso al haber rechazado prueba ofrecida por la fiscalía en aud. 338 del CPP. Se decreta la nulidad de debate y se reenvía para realización de nuevo juicio.
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Declaración de nulidad de audiencia 338 por indefensión. Recurso del fiscal y de la defensa. Se declara inadmisible el primero y admisible y procedente el segundo. Opción de juicio por jurados, opción del art. 22 bis.; garantía para el imputado. Excepcionalidad. Se hace lugar y se retrotrae a citación a juicio.
