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Preventiva otorgada. Objetos exhibidos presumiblemente utilizado por atracadores, como única prueba de cargo de coautoría. Falta de cumplimiento de los arts. 262, 259 y ccdts. del C.P.P. Rechazo de nulidad; libertad probatoria. Merito que emerge de la falta de cumplimiento de la normativa de “reconocimiento de cosas”. Se revoca y ordena libertad por falta de mérito.
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Orden de detención dictada. Recurso de apelación; admisibilidad excepcional. Se rechaza nulidad por reconocimiento fotográfico en sede policial sin anoticiamiento de la defensa. Posterior reconocimiento en rueda de personas efectuado en Fiscalía con control de la defensa. Se rechaza petición y se confirma decisión.
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Prisión preventiva dictada. Riesgos procesales. Calificación legal y antecedente condenatorio. Por mayoría se otorga libertad, estableciendo obligaciones especiales por existencia de riesgos procesales.
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Definitiva Correccional. Condena por injurias, alegación de interés público. Se rechaza y se confirma condena.
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Contravención. Pedido de nulidad de la declaración indagatoria; de invalidez del procedimiento por perdida de imparcialidad del juzgador. Se discute en forma subsidiaria la valoración probatoria. Se confirma. Y se remite a instrucción policial y judicial para instrucción de nueva causa.
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Definitiva Correccional. Obrar culposo. Se confirma condena. Por mayoría se deja sin efecto un agravante: actitud en momentos posteriores al suceso. Se reduce monto de pena.
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Prohibición de acercamiento denegada. Taxatividad de los recursos, falta de acreditación del gravamen irreparable. Posibilidad de reinstalar petición. Se declara inadmisible y mal concedido.
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S.J.P. rechazada por oposición fiscal al considerar el caso subsumible como “violencia de genero”; argumentación contraria de la defensa. Falta de respuesta jurisdiccional. Por mayoría se anula y reenvía.
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S.J.P. rechazada por oposición fiscal razonable. Violencía de género: configuración. Se confirma.
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Cuestión de competencia entre Juzgados de Garantías. Emisión de opinión y mismos elementos de convicción obrantes. Se declara la competencia del que no emitió opinión.
