{"id":26813,"date":"2026-07-14T08:56:38","date_gmt":"2026-07-14T11:56:38","guid":{"rendered":"https:\/\/blogs.scba.gov.ar\/camaraciviltrenquelauquen\/?p=26813"},"modified":"2026-07-14T08:56:40","modified_gmt":"2026-07-14T11:56:40","slug":"fecha-del-acuerdo-2-6-2026-21","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.scba.gov.ar\/camaraciviltrenquelauquen\/2026\/07\/14\/fecha-del-acuerdo-2-6-2026-21\/","title":{"rendered":"Fecha del Acuerdo: 2\/6\/2026"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">C\u00e1mara de Apelaci\u00f3n Civil y Comercial Trenque Lauquen<br>Juzgado de origen: Juzgado de Paz de Adolfo Alsina<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Autos: &#8220;GONZ\u00c1LEZ, MAR\u00cdA ANITA S\/SUCESION AB-INTESTATO&#8221;<br>Expte.: -96475-<br>En la ciudad de Trenque Lauquen, provincia de Buenos Aires, en la fecha seg\u00fan art. 7 del Anexo \u00danico del AC 3975, celebran telem\u00e1ticamente Acuerdo los jueces de la C\u00e1mara de Apelaci\u00f3n en lo Civil y Comercial Andr\u00e9s Antonio Soto y Carlos A. Lettieri, para dictar sentencia en los autos &#8220;GONZ\u00c1LEZ, MAR\u00cdA ANITA S\/SUCESION AB-INTESTATO&#8221; (expte. nro. -96475-), de acuerdo al orden de voto que surge del sorteo de fecha 21\/5\/2026 plante\u00e1ndose las siguientes cuestiones:<br>PRIMERA: \u00bfEs procedente el recurso de apelaci\u00f3n del 20\/1\/26 contra la resoluci\u00f3n del 16\/12\/25?<br>SEGUNDA: \u00bfQu\u00e9 pronunciamiento corresponde emitir?.<br>A LA PRIMERA CUESTION EL JUEZ LETTIERI DIJO:<br>En lo que aqu\u00ed importa, la resoluci\u00f3n del 16\/12\/25 resolvi\u00f3 sobre la clasificaci\u00f3n de tareas respecto de la tercera etapa del sucesorio: &#8220;\u20262.- Los trabajos comunes correspondientes a la Tercera etapa, consistente en la determinaci\u00f3n de los bienes que pertenecieran a la causante GONZ\u00c1LEZ, MAR\u00cdA ANITA: Dr Carlos Suarez: a) Informe de Anotaciones Personales de la causante, b) Informe de Dominio de los bienes a transmitir -vigentes- (art. 735 del C.P.C.C.), c) Declaraci\u00f3n Jurada Patrimonial, d) tributo de tasa de justicia y su contribuci\u00f3n (art. 292 inc. f, ap. 12 del C\u00f3digo Fiscal) .- Dr. Franco Maugeri: a) Impuesto a la Transmisi\u00f3n Gratuita de bienes (Titulo IV bis Codigo Fiscal Ley 10.397 y modificatorias) y b) titulo de propiedad por lo cual se determinan que los mismos han sido realizados por los letrados Dr. Carlos Suarez en un 70% y Dr. Franco Maugeri en un 30%\u2026.&#8221;.<br>Esta decisi\u00f3n motiv\u00f3 el recurso del abog. Su\u00e1rez, quien considera que se incurri\u00f3 en una err\u00f3nea valoraci\u00f3n de las tareas realizadas, otorg\u00e1ndole un porcentaje al otro abogado interviniente por la denuncia de los bienes del causante, que fue completada por el, excepto en la presentaci\u00f3n de ITGB de una de las partes herederas Amigo; &#8220;\u2026que se omiti\u00f3 considerar&nbsp; la presentaci\u00f3n N\u00ba 123539030 de fecha 16 de abril de 2025&nbsp; del escrito DENUNCIA&nbsp;&nbsp; BIENES.&nbsp; ADJUNTA DOCUMENTACI\u00d3N. ACOMPA\u00d1A DECLARACI\u00d3N JURADA PATRIMONIAL. particularmente en el punto 5.3. del mismo, en que se acompa\u00f1o le declaraci\u00f3n de ITGB y la constancia de no retenci\u00f3n&nbsp; (Impuesto a la Transmisi\u00f3n Gratuita de bienes (T\u00edtulo IV bis C\u00f3digo Fiscal Ley 10397 y modificatorias) correspondiente a tres de las cuatro partes de los herederos declarados que totalizan cinco personas\u2026 &#8220;,. Y solicita que se deje sin efecto el auto atacado, y se proceda a determinar la actuaci\u00f3n del apelante en los trabajos&nbsp;comunes de la&nbsp; tercera etapa en su totalidad (presentaci\u00f3n electr\u00f3nica del 20\/1\/26).<br>Ahora bien, los trabajos que se omitieron, seg\u00fan se\u00f1ala el apelante, se refieren a la tarea de acompa\u00f1ar la Declaraci\u00f3n Jurada de los bienes, declaraci\u00f3n de ITGB y la constancia de no retenci\u00f3n, para el avance del proceso que -seg\u00fan sostiene el abogado apelante- fueron tres de las cuatro partes de los herederos que totalizan cinco personas; ello configura una tarea necesaria, y evaluada como tendientes al desarrollo de la tercera etapa del proceso sucesorio (v. e.e. del 16\/4\/25; art. 35 ley 14967).<br>Y en cuanto a la presentaci\u00f3n del abog. Maugeri del 19\/9\/25, en id\u00e9nticas circunstancias ocurren respecto a los restantes herederos Amigo al adjuntar los t\u00edtulos de propiedad y ITGB de los &nbsp;herederos Amigo terminando de concretar estos tr\u00e1mites de la tercera etapa (art. 28 c. y 35 ley 14967).<br>De manera que en estas condiciones, tambi\u00e9n puede meritarse que la tarea cumplida pueda valorarse como com\u00fan y a cargo de la masa, pero variando el porcentaje de las tareas en que los profesionales las llevaron a cabo, y se puede apreciar como etapa compartida en un 80% a favor del abog. Su\u00e1rez y en un 20% a favor del abog. Maugeri (art. 15.c, 16., 28c. y 35 ley 14967).<br>Viene al caso recordar que, el car\u00e1cter com\u00fan o particular depende de la naturaleza intr\u00ednseca de la labor, de su finalidad pr\u00e1ctica, del grado de eficiencia respecto del progreso, del impulso y a qui\u00e9n o qui\u00e9nes aprovechan esas tareas. La clasificaci\u00f3n para diferenciar trabajos comunes de aquellos practicados en inter\u00e9s de los herederos resultar\u00e1 de una apreciaci\u00f3n de cada caso particular (art. 35 ya citado; Quadri, G. H &#8220;Honorarios Profesionales&#8221; 2018 Ed. Erreius p\u00e1gs. 216\/217).<br>Entonces, si sobre una escala del seis al veinte, se parte de un doce por ciento para las tres etapas, de acuerdo al criterio de este tribunal (v. &#8216;Marcos, Jos\u00e9 Antonio s\/ sucesi\u00f3n ab intestato&#8217;, L.de Hon. 33, Reg. 37 y aclaratoria del 30\/08\/2018, L. de Hon. 33, Reg. 37A; &#8216;Calabrese, H\u00e9ctor Daniel s\/ sucesi\u00f3n ab intestato&#8217;, L. de Hon. 33, Reg. 10), la \u00faltima de las etapas se lleva la mitad, o sea el seis por ciento. Y de acuerdo a lo expuesto anteriormente la labor compartida en la tercera etapa es compartida en un 80% a favor del abog. Su\u00e1rez y en un 20% a favor del abog. Maugeri (art. 16., 28c. y 35 ley 14967).<br>En suma, corresponde estimar parcialmente el recurso del 20\/1\/26 y establecer que la tercera etapa del sucesorio es compartida en un 80% a favor del abog. Suarez y en un 20% a favor del abog. Maugeri (arts. y ley cits.).<br>AS\u00cd LO VOTO<br>A LA MISMA CUESTION EL JUEZ SOTO DIJO:<br>Adhiero al voto del juez Lettieri (art. 266 del c\u00f3d. proc.).<br>A LA SEGUNDA CUESTION EL JUEZ LETTIERI DIJO:<br>Corresponde estimar parcialmente el recurso del 20\/1\/26 y establecer que la tercera etapa del sucesorio es compartida en un 80% a favor del abog. Suarez y en un 20% a favor del abog. Maugeri.<br>TAL MI VOTO.<br>A LA MISMA CUESTION EL JUEZ SOTO DIJO:<br>Que adhiere al voto emitido en primer t\u00e9rmino al ser votada esta cuesti\u00f3n.<br>CON LO QUE TERMINO EL ACUERDO, DICTANDOSE LA SIGUIENTE:<br>S E N T E N C I A<br>Por lo que resulta del precedente Acuerdo, la C\u00e1mara RESUELVE:<br>Estimar parcialmente el recurso del 20\/1\/26 y establecer que la tercera etapa del sucesorio es compartida en un 80% a favor del abog. Suarez y en un 20% a favor del abog. Maugeri.<br>Reg\u00edstrese. Notif\u00edquese de acuerdo al art. 10 AC 4013 t.o. AC 4039. Hecho, rad\u00edquese en el Juzgado de Paz de Adolfo Alsina.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">REFERENCIAS:<br>Funcionario Firmante: 02\/06\/2026 11:11:43 &#8211; SOTO Andres Antonio &#8211; JUEZ<br>Funcionario Firmante: 02\/06\/2026 13:14:13 &#8211; LETTIERI Carlos Alberto &#8211; JUEZ<br>Funcionario Firmante: 02\/06\/2026 13:28:29 &#8211; QUINTANA Maria Del Valle &#8211; AUXILIAR LETRADO<br>\u203084\u00e8mH$%o&amp;s\u0160<br>242000774004057906<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL &#8211; TRENQUE LAUQUEN<br>NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS<br>Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 02\/06\/2026 13:28:40 hs. bajo el n\u00famero RR-479-2026 por DEL VALLE QUINTANA MARIA.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>C\u00e1mara de Apelaci\u00f3n Civil y Comercial Trenque LauquenJuzgado de origen: Juzgado de Paz de Adolfo Alsina Autos: &#8220;GONZ\u00c1LEZ, MAR\u00cdA ANITA S\/SUCESION AB-INTESTATO&#8221;Expte.: -96475-En la ciudad de Trenque Lauquen, provincia de Buenos Aires, en la fecha seg\u00fan art. 7 del Anexo \u00danico del AC 3975, celebran telem\u00e1ticamente Acuerdo los jueces de la C\u00e1mara de Apelaci\u00f3n en [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":15,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-26813","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-sin-categoria"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/blogs.scba.gov.ar\/camaraciviltrenquelauquen\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/26813","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/blogs.scba.gov.ar\/camaraciviltrenquelauquen\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/blogs.scba.gov.ar\/camaraciviltrenquelauquen\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.scba.gov.ar\/camaraciviltrenquelauquen\/wp-json\/wp\/v2\/users\/15"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.scba.gov.ar\/camaraciviltrenquelauquen\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=26813"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/blogs.scba.gov.ar\/camaraciviltrenquelauquen\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/26813\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":26814,"href":"https:\/\/blogs.scba.gov.ar\/camaraciviltrenquelauquen\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/26813\/revisions\/26814"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/blogs.scba.gov.ar\/camaraciviltrenquelauquen\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=26813"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.scba.gov.ar\/camaraciviltrenquelauquen\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=26813"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.scba.gov.ar\/camaraciviltrenquelauquen\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=26813"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}