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Alimentos. Hijo mayor de edad (estudios universitarios)
Habiendo el hijo iniciado sus estudios universitarios durante la minoría de edad, cabe extender la prestación alimentaria hasta tanto éste los termine a una edad razonable, o decida abandonarlos. Ello se compadece con el principio de solidaridad familiar ya expuesto, habiendo implicado por parte de los progenitores un consenso en el desarrollo de su formación…

