Medidas adoptadas para la implementacion del regimen de presentaciones y notificaciones electrónicas (Ac. 3733/14)

  1. No libramiento de oficios en formato papel a órganos de la Jurisdicción Administración de Justicia (conforme art. 2 Ac. 3733/14)
  2. Confección -a cargo del Tribunal- de todo oficio electrónico dirigido a órganos de la Jurisdicción Administración de Justicia
  3. Intimación a las partes y a los auxiliares de justicia, a constituir domicilio electrónico (art. 40 CPCC y Res. 582/16  SCBA), en cada uno de los expedientes en trámite ante el Tribunal
  4. Sustitución de la notificación en formato papel por la notificación electrónica, siempre que la misma estuviere disponible y las partes tuvieren domicilio electrónico constituido
  5. Confección de oficio -a cargo del Tribunal- de todas las cedulas electrónicas ordenadas (punto 4 Res. 3415/12 y art. 12 ley 11.653) 
  6. Se innovo con el modelo de cédulas electrónicas, lográndose que mediante una sola cédula se notifique a múltiples destinarios, reduciendo notablemente los tiempos de su confección
  7. Se adoptaron cuatro modelos estándar de cédulas electrónicas, a saber: a) Cédula electrónica sin copias: destinada a notificar resoluciones que no requieran acompañamiento de copias; b) Cédula electrónica con copias en Secretaria: dirigida a anoticiar traslados de escritos en formato papel, cuyas copias quedan reservadas en Mesa en Entradas para su retiro por el profesional, lo que se hace saber conjuntamente con la fecha de la copia en cuestión; c) Cédula electrónica con archivo adjunto: dirigida a anoticiar traslados de uno o varios escritos electrónicos, los cuales se adjuntan a la cedula bajo debida constancia; d) Cédula urgente: dirigida a anoticiar supuestos de urgencia debidamente fundados y con transcripción del momento en que opera la notificación
  8. Impresión y agregación diaria de constancias de notificación de cédulas electrónicas, a fin del respectivo contralor de los plazos y sujetos notificados
  9. Reformulación de todos los modelos de despacho diario que conlleven una notificación electrónica
  10. Recepción e impresión de presentaciones electrónicas tres veces vez al día
  11. Agregación prioritaria de todo escrito enviado por vía electrónica
  12. Fomento del envió de presentaciones electrónicas

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Consultas y sugerencias
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2 Responses to Medidas adoptadas para la implementacion del regimen de presentaciones y notificaciones electrónicas (Ac. 3733/14)

  1. Romina says:

    Mi consulta es porque tengo una cuenta judicial por alimento pero dependo de mi abogado para que me haga la transferencia a mi cuenta porque no resido en la misma provincia y siempre me cobra como se puede agilizar. Muchas gracias

    • tribunaltrabajo4mardel says:

      Buen día, lamentablemente no podemos brindar ese tipo de información. Cualquier duda relativa a criterios del Tribunal estamos a su disposición.

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