ESCRITOS
RECORDATORIO:
Mediante el Acuerdo SCBA 3975/20 (Anexo Único) se probó el “REGLAMENTO PARA LOS ESCRITOS, RESOLUCIONES, ACTUACIONES, DILIGENCIAS Y EXPEDIENTES JUDICIALES”
Se destaca respecto de la elaboración de los escritos profesionales que en los mismos se deben consignar todos los datos y respetar un diseño especifico.-
EN CUANTO A LOS DATOS:
NOMBRE Y APELLIDO DEL PROFESIONAL ACTUANTE, EL TELÉFONO CELULAR DE CONTACTO, CUIT Y CONDICIÓN IMPOSITIVA, DATOS DE INSCRIPCIÓN EN LA MATRÍCULA Y PREVISIONALES, NÚMERO ÚNICO, ASIGNADO AL INICIARSE EL EXPEDIENTE, Y CARÁTULA COMPLETA DEL JUICIO, MENCIÓN DE LA PARTE A QUIEN REPRESENTAN O POR QUIEN PETICIONAN E INDICACIÓN EXPRESA DE LOS DOMICILIOS CONSTITUIDOS. EN LOS ESCRITOS RUBRICADOS EN FORMATO ELECTRÓNICO, EL SISTEMA INFORMÁTICO BRINDARÁ TAMBIÉN LA IDENTIFICACIÓN DEL FIRMANTE,
EN CUANTO AL DISEÑO
DEBERÁ RESPETAR EL PREFIJADO EN EL SISTEMA INFORMÁTICO, Y LAS SIGUIENTES PAUTAS:
A) TAMAÑO DE HOJA A4.
B) ESPACIADO DE 1,5 LÍNEAS, UTILIZÁNDOSE LA OPCIÓN DE MÁRGENES SIMÉTRICOS.
C) MARGEN IZQUIERDO EN EL ANVERSO DE 5 CM Y MARGEN DERECHO DE 1,5 CM. (LOS QUE SE INVERTIRÁN EN EL REVERSO).
D) MARGEN SUPERIOR DE 5 CM Y EL MARGEN INFERIOR DE 2 CM.
E) TIPOS DE LETRA: ANAL, TIMES NEW ROMÁN O COURIER NEW.
F) TAMAÑO DE LETRA 12.
G) EN CASO DE INCORPORARSE NOTAS A PIE DE PÁGINA, DEBERÁ EMPLEARSE IDÉNTICA FUENTE A LA DEL TEXTO DEL CUERPO PRINCIPAL, TAMAÑO 10 E INTERLINEADO SENCILLO.
LOS ESCRITOS EN PAPEL SE AJUSTARÁN AL FORMATO ANTERIOR Y DEBERÁN CONFECCIONARSE EN PROCESADORES DE TEXTO, NO PERMITIÉNDOSE LAS PRESENTACIONES EFECTUADAS EN MANUSCRITO O CONFECCIONADAS CON MÁQUINAS DE ESCRIBIR, CON EXCEPCIÓN DE AQUELLOS SUPUESTOS EN QUE EXISTAN RAZONES URGENTES DEBIDAMENTE JUSTIFICADAS QUE ASÍ LO IMPONGAN.
LAS COPIAS EN PAPEL DE LOS ESCRITOS PRESENTADOS ELECTRÓNICAMENTE Y LAS IMPRESIONES DE LAS ACTUACIONES JUDICIALES QUE SE ENCUENTRAN EN ESTE ÚLTIMO SOPORTE (ART. 8 DEL ANEXO ÚNICO DEL ACUERDO N° 3886), DEBEN EFECTUARSE EN HOJA TAMAÑO “A4″, RESPETANDO EL DISEÑO DEL DOCUMENTO ORIGINAL.
RESULTA IMPORTANTE TENER EN CUENTA LO DISPUESTO POR EL ART. 3 DEL ANEXO “SI LOS ÓRGANOS JUDICIALES RECIBIEREN UN ESCRITO QUE NO OBSERVARE ALGUNA DE LAS EXIGENCIAS PRESCRIPTAS, SE DEBERÁ INDICAR AL PETICIONARIO EL INCUMPLIMIENTO, BAJO APERCIBIMIENTO DE TENER POR NO EFECTUADA LA PRESENTACIÓN SI NO SUBSANARE EL DEFECTO DENTRO DE LOS TRES (3) DÍAS SIGUIENTES. SIN PERJUICIO DE ELLO, EN ESTOS CASOS LOS ÓRGANOS JUDICIALES PODRÁN DAR CURSO A LAS PETICIONES QUE NO ADMITIEREN DEMORA EN SU PROVEIMIENTO.”