Autorización para la Mesa de Entradas Virtual a los letrados que pretenden visualizar el expediente sin ser patrocinantes o apoderados de la parte.

Autorización para la Mesa de Entradas Virtual a los letrados que pretenden visualizar el expediente sin ser letrados patrocinantes o apoderados de la parte.
1) El letrado deberá realizar la petición a través de un escrito en formato papel, con la firma de la parte interesada solicitando se lo autorice a visualizar el expediente en su set de búsqueda de la Mesa de Entradas Virtual.
Acto seguido, de conformidad con el Reglamento para Presentaciones Electrónicas de la Ac. 3886/18 SCBA deberá remitir el escrito en formato electrónico.
2) La Suscripta procederá a otorgarle la autorización al usuario del letrado por el término de 48 horas, a contar desde el momento en que se le dio el alta en el Juzgado.
3) Cumplidas las 48 horas, se eliminará la autorización otorgada al usuario, salvo que el mismo se haya presentado como letrado patrocinante o apoderado de la parte, en el expediente.

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