COMUNICACIONES ELECTRONICAS AL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE

SRES. LETRADOS:

SE RECUERDA QUE A PARTIR DEL 3/6/2019, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LA RESOLUCION 2809/18 SCBA, TODAS LAS COMUNICACIONES CON EL REGISTROS DE LA PROPIEDAD INMUEBLE (INSCRIPCIÓN DE DECLARATORIAS DE HEREDEROS, TRABA O LEVANTAMIENTO DE MEDIDAS CAUTELARES ETC.) SE REALIZARAN EN FORMA ELECTRONICA EXCLUSIVAMENTE.

A ESOS EFECTOS, LAS PARTES SOLO DEBERAN SOLICITAR AL JUZGADO QUE EXPIDA LA COMUNICACION RESPECTIVA, ACOMPAÑANDO LA CONSTANCIA DE PAGO DEL ARANCEL CORRESPONDIENTE, ACLARANDO EN LA SOLICITUD SI EL TRAMITE ES SIMPLE O URGENTE.

EL PERSONAL DEL JUZGADO SE ENCARGA DE ELABORAR Y NOTIFICAR ELECTRONICAMENTE EL OFICIO AL R.P.I., LA RESPUESTA SE RECIBE POR EL MISMO MEDIO Y SE INCORPORA A LA MEV.

This entry was posted in PRESENTACIONES Y NOTIFICACIONES ELECTRONICAS. Bookmark the permalink.

Agregue un comentario

Su dirección de correo no se hará público. Los campos requeridos están marcados *

*

Usted puede utilizar las etiquetas HTML y atributos: <a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <strike> <strong>