De acuerdo a la Resolución 315/18 dictada por el Procurador General, en cuanto a la actuación del Ministerio Público Fiscal en materia no penal, se hace saber que su intervención se encuentra prevista en los siguientes supuestos:
1) Materia consumidor
2) Determinación de la capacidad
3) Procesos sucesorios
4) Cuestiones de competencia, conexidad y acumulación
5) Inconstitucionalidad de Leyes
6) Excusación y recusación de Jueces
7) Excepción de incompetencia, litispendencia y cosa juzgada
Para mayor información, se podrá acceder al siguiente link: Actuación del Ministerio Público Fiscal en materia no penal