Fecha del Acuerdo: 25/11/2022

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
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Juzgado de origen: Juzgado Civil y Comercial 2
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Autos: “MUNICIPALIDAD DE TRENQUE LAUQUEN C/ IGLESIAS JORGE S/ APREMIO”
Expte.: -93539-
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TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975
AUTOS Y VISTOS: el recurso de apelación del 22/10/2022 contra la resolución del 12/10/2022.
CONSIDERANDO.
El art. 6 inc. c. de la ley 13.406 -normativa aplicable conforme resolución de primera instancia de fecha 9/4/2022- prescribe que el recurso de apelación deberá fundarse en el escrito de interposición.
No habiendo sido tal el temperamento adoptado por el recurrente (v. escritos recursivos del 22/10/2022 y 4/11/2022), esta Cámara , como juez del recurso (art. 34.4 cód. proc.) RESUELVE:
Declarar inadmisible, por haber sido extemporáneamente fundado, el recurso de apelación del 22/10/2022 contra la resolución del 12/10/2022.
Regístrese. Notifíquese de acuerdo al art. 10 AC 4013 t.o. AC 4039. Hecho, radíquese en el Juzgado Civil y Comercial 2.

REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 25/11/2022 11:39:57 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 25/11/2022 12:04:07 – SCELZO Silvia Ethel – JUEZ
Funcionario Firmante: 25/11/2022 12:29:05 – QUINTANA Maria Del Valle – AUXILIAR LETRADO
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN

NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS
Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 25/11/2022 12:29:16 hs. bajo el número RR-885-2022 por TL\mariadelvalleccivil.

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