Fecha del Acuerdo: 25/11/2022

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
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Juzgado de origen: Juzgado Civil y Comercial n° 1
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Autos: “CAVALLO ANGELA NELIDA C/ MARTIN ROBERTO OSCAR Y OTRO/A S/NULIDAD DE TESTAMENTO”
Expte.: -89618-
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TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975
AUTOS, VISTOS Y CONSIDERANDO: en la resolución de fecha 15/11/2022. se deslizó un evidente error material, pues donde dice “Prorrogar el plazo otorgado el 13/10/2022 hasta el 12/3/2022 MESES para acreditar la obtención del beneficio de litigar sin gastos aludido en el punto III.- 3) del escrito recursivo del 2/3/2022, hasta el 2/2/2023″ debió decir “Prorrogar el plazo otorgado el 13/10/2022 hasta el 12/3/2023 para acreditar la obtención del beneficio de litigar sin gastos aludido en el punto III.- 3) del escrito recursivo del 2/3/2022″, por ello la Cámara RESUELVE:
Aclarar de oficio la resolución de fecha 15/11/2022 y establecer que el plazo para acreditar la obtención del beneficio de litigar sin gastos aludido en el punto III.- 3) del escrito recursivo del 2/3/2022, se prorroga hasta el día 12/3/2023 (art. 166.3 cód. proc. y 14 AC 4013 t.o. AC 4039 de la SCBA) .
Regístrese. Notifíquese de acuerdo al art. 10 AC 4013 t.o. AC 4039. Hecho, sigan los autos según su estado.

REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 25/11/2022 11:45:48 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 25/11/2022 12:08:04 – SCELZO Silvia Ethel – JUEZ
Funcionario Firmante: 28/11/2022 12:32:54 – QUINTANA Maria Del Valle – AUXILIAR LETRADO
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN

NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS
Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 28/11/2022 12:33:06 hs. bajo el número RR-895-2022 por TL\mariadelvalleccivil.

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