Fecha del Acuerdo: 30/12/2020

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen

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Juzgado de origen: Juzgado de Paz Letrado de General Villegas

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Libro: 51- / Registro: 736

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Autos: “R., M. R. C/ B., O. U. S/ ALIMENTOS”

Expte.: -90250-

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Notificaciones:

Abog. Martín: 20145491224@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR

Abog. Rodríguez: 27345471729@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR

Asesora ad hoc Burzio: 27358038811@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR

Abog. Fernández: 27331719558@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR

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TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 AC 3975

            AUTOS Y VISTOS: la providencia del 28/9/2020 y las apelaciones del 1/10/2020 y del 8/10/2020, respectivamente.

CONSIDERANDO.

La providencia del 28/9/2020 fue notificada electrónicamente a la actora,  mediante el depósito de una copia digital de aquélla  en el domicilio electrónico denunciado por su letrado, ese mismo día a la hora 13:47:33 (conforme constancia del sistema informático Augusta visibles a través de la MEV de la SCBA, art. 11 AC 3845), debiéndose tener por cumplida esa notificación el día martes inmediato posterior, es decir, el 29/9/2020 (art. 7 AC 3845).

Ende, el plazo para  apelar la providencia en cuestión venció el 6/10/2020 o, en el mejor de los casos, el 7/10/2020 dentro del plazo de gracia judicial (arts. 124  y 244 cód. proc.), por manera que la apelación subsidiaria presentada electrónicamente el 8/10/2020 es extemporánea (arts. 124 y 244 cód. proc.).

Por ello, la Cámara RESUELVE:

1- Declarar inadmisible por extemporánea la apelación subsidiaria del 8/10/2020 (arts. 244, 248  y concs. cód. proc.).

2- Pasar los autos para resolver la apelación del 1/10/2020 contra la resolución del 28/9/2020 (art. 270 cód. proc.).

Regístrese. Notifíquese electrónicamente por secretaría mediante el depósito de una copia digital del despacho, resolución o sentencia en los domicilios electrónicos constituidos por las/os letradas/os intervinientes, insertos en la parte superior  (art. 11 AC 3845). Sigan los autos según su estado. La jueza Silvia E. Scelzo no firma por encontrarse con pedido de licencia en trámite.

 

 

 

REFERENCIAS:

Funcionario Firmante: 30/12/2020 12:54:44 – SOSA Toribio Enrique – JUEZ

Funcionario Firmante: 30/12/2020 13:20:23 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ

Funcionario Firmante: 30/12/2020 13:21:42 – RIPA María Fernanda – SECRETARIO DE CÁMARA

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CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN

NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS

 

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