Fecha del Acuerdo: 24-5-2017. Recurso extraordinario de nulidad

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen

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Juzgado de origen: Juzgado Civil y Comercial 1

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Libro: 48 / Registro: 153

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Autos: “SPINA STELLA MARIS C/ CHILO NUÑEZ CARLOS MARIO Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJ.POR USO AUTOMOT.(C/LES.O MUERTE)(SIN RESP.EST.)”

Expte.: -88968-

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            TRENQUE LAUQUEN,   24  de mayo de 2017.

            AUTOS, VISTOS Y CONSIDERANDO: el recurso extraordinario de  inaplicabilidad de ley de fs. 574/588vta. p. III contra la sentencia de fojas 559/571vta., lo ordenado por la Suprema Corte de Justicia provincial a fs. 607/608 vta., la providencia de f. 667, las notificaciones de que se deja constancia a fs. 667 vta. y 668/673, el escrito de f. 674, y habiendo vencido el plazo de f. 667 el día 19 de mayo de 2017 o, en el mejor de los casos, el día  22-05-2017 dentro del plazo de gracia judicial (art. 124 últ. párr. CPCC), sin que se haya cumplido con el depósito previo del artículo 280 del Código Procesal, la Cámara RESUELVE:

            1- Hacer efectivo el apercibimiento de f. 667  y declarar desierto el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley de fs. 574/588vta. p. III contra la sentencia de fojas 559/571vta..

            2- Remitir las actuaciones nuevamente a la Suprema Corte de Justicia provincial en función del recurso de nulidad extraordinario concedido a fs. 597/vta. p. 1-.

            Regístrese. Notifíquese según corresponda (arg. art. 135.13 y art. 143 CPCC). Hecho, sigan los autos su trámite.

 

 

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