Fecha del Acuerdo: 27-12-2016.

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen

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Juzgado de origen: Juzgado de Paz Letrado de Hipólito Yrigoyen

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Libro: 45- / Registro: 169

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Autos: “BANCO DE LA NACION ARGENTINA C/ CAFFO, LUIS ALBERTO S/ COBRO EJECUTIVO”

Expte.: -90172-

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            TRENQUE LAUQUEN, 27 de diciembre de 2016.

            AUTOS Y VISTOS: el recurso de apelación de f. 93 contra la sentencia de fs. 89/90 vta..

            CONSIDERANDO.

            Notificado el demandado Luis Alberto Caffo de la sentencia de fs. 89/90 vta. con la cédula de fs. 91/92, el 26 de septiembre de este año, el plazo con que contaba para recurrirla vencía el  3 de octubre de 2016 o, en el mejor de los casos, el 04-10-2016 dentro del plazo de gracia judicial (arts. 124 últ. párr. y 242 cód. proc.), por manera que habiendo presentado la apelación de f. 93 el día 6 de octubre del corriente, la Cámara RESUELVE:

            Declarar inadmisible por extemporáneo el recurso de f. 93 (arts. 242, 244 y concs. CPCC), con costas en el orden causado atento que el motivo que se rechaza la apelación ha sido sólo detectado de oficio por este tribunal (arg. arts. 68 2° párr. y 556 cód. cit.).

            Regístrese. Notifíquese según corresponda (arts. 33, 135.12 y/o 249 cód. proc.). Hecho, devuélvase.

 

                                             

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