Jurisprudencia Abril 2023

Cesión de derechos: Efectos. Escritura pública: Instrumento público. Prescripción adquisitiva: Usucapión. Prueba: Medios

GARCIA JOSE MANUEL C/ MUNICIPALIDAD DE ARRECIFES S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA VICENAL/USUCAPION

RSD 112. F° 341. Expte. Nro. 14393-22

La escritura pública en la que se ceden acciones y derechos posesorios no constituye elemento de prueba idóneo de la existencia de una posesión pública, pacífica e ininterrumpida con ánimo de dueño por parte del cedente con antelación a la celebración del acto escriturario. La función de aquel instrumento realizado ante un notario es dar fe de la voluntad de ceder por el cedente y de aceptar por el cesionario, como asimismo de las demás condiciones dadas en el momento de concreción del instrumento pertinente.

 

Usucapión: Prueba de testigos

GARCIA JOSE MANUEL C/ MUNICIPALIDAD DE ARRECIFES S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA VICENAL/USUCAPION

RSD 112. F° 341. Expte. Nro. 14393-22

Si bien en el juicio de prescripción adquisitiva de inmuebles es admisible toda clase de pruebas, la sentencia no podrá basarse exclusivamente en la testimonial.

Competencia: Derechos del consumidor

CESANO MARIANA ROMINA  C/ COOP. DE VIVIENDA CONSUMO Y PROVISION DE SERVICIOS PUBLICOS S/ ESCRITURACION

RSD 104. F° 308. Expte. Nro. 9509-17

Es abusiva la cláusula que dispone que las acciones judiciales pueden entablarse en jurisdicción distinta de la del domicilio del consumidor al tiempo de la celebración del contrato, excepto que disponga que se entablare en el lugar del domicilio real del consumidor al tiempo en que aquella se inicie.

 

Separación de hecho: Divorcio

CAISSON MARTIN RICARDO C/ CORDISCO SUSANA NOEMI S/ DIVORCIO POR PRESENTACION UNILATERAL

RSD 101. F° 298. Expte. Nro. 6915-22

Ante la ausencia de acuerdo de partes sobre el momento preciso en que se produjo la separación de hecho, corresponde diferir la cuestión para sujetarla a una labor conciliadora o de autocomposición y recién en el supuesto de no lograrse acuerdo, someterla al resultado de las incidencias que cada cónyuge estará autorizado a promover con esa finalidad.

 

Deberes y facultades del juez: Liquidación.

MUNICIPALIDAD DE SAN NICOLAS  C/ MSU ENERGY SA  S/ APREMIO

RSI 74. F° 127. Expte. Nro. 12112-21

Aun cuando no mediare observación oportuna de la contraparte a la liquidación que no se adecuara a las pautas consignadas en la sentencia, es facultad del juez su revisión y, en su caso podrá, dejarla sin efecto o readecuarla.

 

Justicia de Paz: Competencia. Bienes gananciales: Sociedad conyugal

MINUCCI SILVINA PAOLA C/ MOLINA ROBERTO DANIEL S/ PROTECCIÓN CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR Y DE GÉNERO

RSI 85. F° 145. Expte. 7334-22

Son de competencia del fuero de familia las medidas cautelares tendientes a la protección de la porción ganancial de los bienes integrantes de la comunidad, pues acceden a acciones ajenas al restrictivo marco de conocimiento de la Justicia de Paz Letrada.

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