La Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Necochea, con fecha 01 de abril de 2015, revocó la sentencia de grado y hace lugar a la demanda deducida por A. C. L. contra C. S. y D. H. sobre daños y perjuicios; rechaza la demanda deducida por A. C. L. contra Carlos M. C y en consecuencia condena al demandado a pagar cierta suma al actor con el objeto de reparar la configurada lesión a la honra del actor en concepto del rubro daño moral y el daño psíquico padecido.