Con fecha 13 del mes de Diciembre de 2012 el Tribunal se expidió acerca de la responsabilidad del titular de un establecimiento comercial en un caso en el que se había dispensado un trato inadecuado al consumidor, procediéndose -frente a la activación de una alarma destinada a alertar respecto de la sustracción de mercancía- a efectuar una revisación humillante al cliente. El texto del fallo puede consultarse aquí
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