Excusación por motivos de decoro y delicadeza.

La sala primera de la Camara segunda por mayoría admitió la excusación por razones de decoro o delicadeza, señalando que si el  mismo juez señaló que el escrito de la parte afectó su espíritu y  por ende su imparcialidad es procedente que se aparte ya que esta figura protege Ia confianza que los tribunales deben inspirar a los ciudadanos en una sociedad democrática.

Fallo completo: 127712-1

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